
Una lesión permanente no invalidante es cualquier lesión, mutilación o deformindad que sufre un trabajador a consecuencia de una enfermedad o accidente...
Nuestro Despacho tiene más de 25 años de experiencia en la reclamación de indemnizaciones de todo tipo.
Nuestros Abogados especializados en indemnizaciones le representarán en su reclamación de indemnización tanto en Madrid como el resto de España
Es muy importante reclamar la indemnización que le pueda corresponder cuanto antes. En función de origen del daño sufrido el plazo podrá ser corto como en los despidos que es de 20 días, de un año en los casos más frecuentes u otros plazos. Por eso es vital que cuanto antes contacte con nosotros para reclamar su indemnización.
La responsabilidad es la sujeción de una persona que vulnera un deber de conducta, impuesto en interés de otro, a la obligación de reparar el daño producido.
Es toda obligación de satisfacer, por quien la deba o por otra persona, cualquier pérdida o daños o que se hubiera causado a un tercero, porque así lo exija la naturaleza de la convención originaria, se halle determinado por la ley, previsto en las estipulaciones del contrato, o se deduzca de los hechos acaecidos, aunque en la realización de los mismos no haya intervenido culpa ni negligencia del obligado a reparar.
La existencia de nexo causal entre la conducta del responsable del daño y su resultado ha sido y es un elemento fundamental de la responsabilidad civil (relación causa-efecto), y constituye un requisito ineludible para la imputación de la responsabilidad, sea cual fuere el título, subjetivo u objetivo.
La responsabilidad patrimonial de la Administración constituye un principio fundamental consistente en la obligación de los organismos públicos a indemnizar a los ciudadanos por cualquier perjuicio o daño -intencionado o casual, causado ya sea por error o negligencia- causado como consecuencia del desarrollo normal o anormal del funcionamiento de los servicios públicos, salvo en supuestos de fuerza mayor o de daños que el particular tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con la Ley.
En nuestro sistema de responsabilidad patrimonial administrativa son indemnizables, siempre que hayan sido suficientemente alegados y probados, los siguientes tipos de daño:
Dichos daños deben resultar probados, pudiendo ser utilizado cualquier medio de prueba admitido en Derecho
La acción u omisión determinantes de la lesión patrimonial son siempre acciones u omisiones de personas físicas integradas en la organización administrativa, que actúan en ejercicio o con ocasión de funciones públicas, es decir, cuyo acto se encuentra enmarcado en la gestión pública, siendo indiferente cuál sea la forma que revista la actuación de la Administración, pues siempre que se den los requisitos, surge el derecho a indemnización.
La responsabilidad patrimonial de la Administración tiene una naturaleza puramente objetiva de modo, que el régimen de responsabilidad patrimonial no constituye una sanción a una conducta de la Administración o de sus agentes por el reproche social que pueda merecer, sino que constituye un mecanismo objetivo de protección integral de la esfera jurídica de los ciudadanos, que debe ser aplicado siempre que se haya producido una lesión o menoscabo como consecuencia del funcionamiento, normal o anormal, de los servicios públicos.
La cantidad que percibirá depende de muchos factores tales como días de incapacidad, días de curación , días de hospitalización, secuelas, daños morales, gastos, adecuación de vivienda…etc. Nosotros no encargaremos de tu indemnización.
Sabe que le puede corresponder una indemnización como consecuencia de un accidente, una negligencia, responsabilidad civil, un despido y en muchos más supuestos...?
La indemnización es la cantidad o compensación que le puede corresponder como consecuencia de un daño sufrido.
Ponga en manos de nuestros abogados las reclamaciones de indemnizaciones por accidentes de tráfico, negligencias médicas u otros motivos. Un equipo experto asesorará y tramitará su caso con suma atención.
¿Quiénes Somos?
G. Elías y Muñoz Abogados es un Despacho de Abogados especializado en la reclamación de indemnizaciones de todo tipo. A lo largo de los más de 25 años de experiencia hemos reclamado cientos de indemnizaciones tanto en Madrid como en el resto de España. Y es que, si has sufrido un evento en el que consideres que puedes tener derecho a una indemnización contacta con nosotros.
Nuestro Despacho de Abogados presta servicios con Abogados de indemnización en Madrid y Comunidad de Madrid e igualmente actuamos en toda España.
Nuestros Abogados especializados que te podrán asesorar y ayudar en cualquier cuestión relacionada con la reclamación de indemnización.
Para proporcionarte un correcto asesoramiento contamos con una oficina central en Madrid, así como delegaciones en Pozuelo de Alarcón, Majadahonda y Villalba.
Debes llamarnos siempre que precises de nuestros servicios, pero tienes que tener en cuenta que en la reclamación de indemnizaciones existen plazos de caducidad y prescripción que pueden ser de 20 días e incluso más breves. Por ello no demores tu consulta y llámanos
La mejor forma es que nos llames telefónicamente a los teléfonos:
915 71 17 87 y 620 151 515.
O si lo deseas envíanos un correo electrónico a info@eliasymunozabogados.com
Te daremos una cita en menos de 24 horas Esta es una garantía que solo nuestro despacho de abogados de Indemnizaciones en Madrid puede ofrecerte. Además, una vez que sea atendido por uno de ellos en materia de Indemnizaciones, no precisarán de más de 72 horas para ofrecerle la respuesta que está buscando en el caso de que no se le pueda dar en la cita presencial. A partir de ahí, estos abogados Indemnizaciones Madrid procederán a trazar una estrategia mediante la cual poder defender sus intereses en cualquier juicio o litigio.
Ten en cuenta que siempre formarás parte del proceso y, en base a nuestro asesoramiento, será el responsable de tomar las decisiones más importantes.
Nuestros servicios son siempre retribuidos. Por dicho motivo, solemos establecer una cantidad mínima inicial en concepto de honorarios fijos que remunerarán nuestro trabajo y un porcentaje variable que dependerá del momento procesal en la que se obtenga la cantidad. En determinados supuestos podemos aceptar fijar los honorarios en base un porcentaje de la cantidad obtenida.
Igualmente ofrecemos la posibilidad de financiar el procedimiento.
Nuestro Despacho de Abogados dispone de Abogados expertos en indemnizaciones en Madrid y Comunidad de Madrid especializados que le podrán asesorar y ayudar en cualquier cuestión relacionada con su indemnización.
Llámenos y concierte una cita en nuestro Despacho de Madrid, Pozuelo; Villalba o Majadahonda donde le atenderán nuestros Abogados Laboralistas.
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