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El impuesto de sucesiones grava la transmisión de bienes y derechos en caso de fallecimiento de una persona. De esta forma, todos los bienes, derechos y obligaciones incluidos en la herencia de esa persona pasarán a los herederos legales de esa persona (herederos o personas jurídicas). Dicho impuesto está regulado por la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del impuesto sobre sucesiones y donaciones. Un abogado experto en herencias será la persona adecuada que le puede ayudar en este proceso.
El impuesto de sucesiones en la Comunidad de Madrid está reducido en un 99% tal y como se establece en el artículo 21.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria o LGT.; esto quiere decir que sólo tienen que pagar el 1% de la cuota. Hay que saber también, que esta reducción o descuento sólo se aplica a familiares directos, cónyuge o pareja de hecho. Además, existen otros descuentos que podemos aplicar para que el importe final sea aún más bajo.
¿Quién expone el impuesto?
Son los herederos y las personas jurídicas quienes deben declarar el impuesto de sucesiones sobre la herencia a la que tienen derecho. Éstos, tienen de plazo para realizarlo 6 meses a partir de la fecha de fallecimiento, aunque se puede solicitar una prórroga de 6 meses durante los primeros 5 meses del período de suscripción, que comenzará después del último día del período final.
¿Cuándo se liquida el impuesto de sucesiones en la Comunidad de Madrid?
Se puede liquidar el impuesto de sucesiones siempre y cuando el fallecido ha estado viviendo en Madrid los últimos cinco años. Hay que tener claro, que aunque el heredero resida en otra Comunidad Autónoma, deberá pagar el impuesto de sucesiones en la Comunidad de Madrid.
Para ello existen distintas bonificaciones dependiendo del acercamiento que se tenga con el fallecido:
- Bonificación del 99%: Los herederos según afinidad pueden aplicar la bonificación del 99% a su factura de impuestos.
- Bonificación del 15%: Los hermanos del fallecido pueden acogerse a la bonificación del 15%.
- Bonificación del 10%: El tío o sobrino del fallecido podrá aplicar la bonificación del 10%.
¿Cómo tasar una propiedad?
Los bienes y derechos adquiridos por herencia deben valorarse por su valor real en la fecha del fallecimiento.
¿Cómo pagar el impuesto de sucesiones y cómo se presenta?
Desde hace dos años, el sistema de autoliquidación obligatoria es el único sistema para el pago del impuesto de sucesiones, lo que elimina la posibilidad de tener que presentar una declaración para que la Autoridad la calcule.
Para presentar el impuesto de sucesiones en Madrid, deberás cumplimentar el modelo 650. Puedes presentar la declaración de impuestos electrónicamente adjuntando los documentos correspondientes y haciendo una autoliquidación, o de forma personal en algunas de las oficinas de la Administración Tributaria de la Comunidad de Madrid.
Para la revocación del compromiso, se deben realizar los trámites previos para su presentación ante el registro correspondiente. Uno de los trámites que se debe hacer para pagar los impuestos es solicitar un certificado de defunción en el registro.
Si hay testamento, deben presentarse los herederos legales y/o testamentos. Si no, debe pedirlo a un notario. A falta de testamento, se requiere una declaración de herederos, hecha por un notario.
Si por algún caso no se pagara a tiempo el impuesto de sucesiones se aplicaría distintas sanciones económicas tal y como se encuentra en el artículo 40 de la Ley del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
Si la infracción es grave, la sanción es de 500 euros, pero si hay reiteradas infracciones la multa podría llegar hasta al 100%.
¿Qué es la Adición de herencia y cuándo se debe realizar?
Es posible que se haya pagado el impuesto de sucesiones, pero no se ha tenido en cuenta todos los bienes y derechos del causante porque no se sabe que existen, como por ejemplo el importe de una declaración de la renta, entre otras. En este caso, para liquidar estos bienes y derechos, es necesario realizar el procedimiento de “Adición de la herencia”. Sí ésta se presentara fuera del plazo legal de seis meses para el pago del impuesto de sucesiones dará lugar a la obligación de pagar los recargos e intereses de demora que correspondan.
Si los herederos han optado por autopresentar su impuesto sobre sucesiones, deberán presentar una nueva autoliquidación en la que marquen la casilla "Declaración adicional". Esta nueva autoliquidación necesita fundamentar y determinar el valor real al que pertenece el causante de los bienes y el derecho a crear la herencia (tanto declarado como corriente).
Si se decide presentar el expediente de liquidación de bienes y la adición se ha realizado después del 31 de diciembre de 2020, se debe presentar un nuevo expediente administrativo de liquidación de bienes a la autoridad fiscal, indicando claramente que la nueva propiedad debe presentarse a la autoridad fiscal.
Eliminar los impuestos sobre sucesiones es un trámite que puede resultar complicado dependiendo de la naturaleza del bien que se hereda, así como de las relaciones familiares y del número de herederos.
Por lo tanto, para su tranquilidad y para evitar errores como sanciones futuras, se recomienda que este proceso lo realice un abogado experto en herencias y en G. Elías y Muñoz Abogados somos expertos en ello por lo que le podemos ayudar si lo necesita.
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