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En caso de despido, las empresas están obligadas a preavisar al trabajador afectado con, al menos, 15 días de antelación, salvo que lo motiven causas disciplinarias. ¿El objetivo? Que el empleado tenga tiempo suficiente para asumir la situación, buscar un nuevo empleo y gestionar todo lo que pueda necesitar.
Sin embargo, aunque muchos trabajadores no sean conscientes de ello, también están obligados a preavisar a sus empresas con la misma antelación si deciden pedir la baja voluntaria. Pero ¿qué pasa si me voy del trabajo sin dar los 15 días? A esta pregunta vamos a responder en profundidad a continuación.
La obligación del preaviso en la baja voluntaria
Hay muchas razones por las que un trabajador puede solicitar la baja voluntaria a su empleador. Hablamos, por ejemplo, de haber encontrado un empleo mejor remunerado o de querer dedicar más tiempo a su familia. En cualquier caso, ha de cumplir con los 15 días de preaviso, ya que es una obligación fijada por el Estatuto de los Trabajadores.
También existen buenos motivos por los que esta obligación aparece recogida en este texto legal. La más importante de todas es que, aunque el trabajador esté ejerciendo su derecho de rescindir el contrato de forma unilateral, su marcha causará un impacto en la empresa. Por ello, es normal que se le conceda algo de tiempo para que pueda reordenarse, buscar un sustituto y minimizar el impacto negativo que la marcha del empleado tendrá en su actividad diaria.
¿Qué pasa si no das los 15 días de preaviso?
Si una empresa despide a un trabajador sin cumplir con el período de preaviso, salvo que se trate de un despido disciplinario debidamente justificado, puede enfrentarse a que un juez lo declare improcedente o incluso nulo. Es decir, su acción tendrá consecuencias. Del mismo modo, cuando un empleador no cumple con esta misma obligación, también deberá asumirlas.
Pero ¿cuáles son exactamente las consecuencias de ejecutar la baja voluntaria sin preaviso? Vamos a verlas:
- Descuento en la liquidación: el empresario tiene derecho a descontar un día de salario por cada día de incumplimiento del preaviso. Es decir, si el trabajador indica que hará efectiva la baja en 7 días, el empleador podrá descontar 8 días de salario al importe total. En casos extremos, el trabajador puede quedar endeudado con la empresa por este motivo y tener que pagarle de su bolsillo.
- Reclamación legal: la empresa puede considerar que la marcha del trabajador sin cumplir con el período de preaviso le ha ocasionado daños y perjuicios en su actividad. Por tanto, podrá interponer una demanda y exigir el pago de una indemnización si cree que no se ven compensados con el descuento que corresponda en el finiquito.
- Pérdida de beneficios: ante el incumplimiento de esta obligación del trabajador, la empresa también puede no abonarle ciertos bonos, comisiones o pagos especiales recogidos por acuerdos internos, es decir, que no estén garantizados por el Estatuto de los Trabajadores o el convenio colectivo.
Por si fuera poco, los efectos pueden prolongarse mucho más allá en el tiempo. Y es que, si en el futuro un reclutador pide referencias a la empresa antes de contratar al candidato, lo más probable es que reciba una valoración negativa por falta de profesionalidad e irresponsabilidad. Algo que, muy posiblemente, impedirá que sea contratado.
Excepciones a la norma
Una vez aclaradas las consecuencias que tiene para el trabajador no cumplir con el debido preaviso de 15 días naturales, llega el momento de explicar que también existen algunas excepciones que debe tener en cuenta. Por ejemplo, durante el período de prueba, el cual puede prolongarse hasta los 6 meses desde la firma del contrato, tanto el empresario como el empleado pueden rescindir el acuerdo sin necesidad de cumplir con el preaviso.
Lo mismo sucede en aquellos contratos temporales cuya duración sea inferior a un año, salvo que una cláusula recoja lo contrario. Tampoco se aplicará si se produce un incumplimiento grave por parte del empleador, como puede ser el impago reiterado de salarios. En ese caso, no se considerará que el trabajador ha ejercido una baja voluntaria, sino una renuncia justificada.
Cómo comunicar la baja voluntaria, aunque no cumplas con el preaviso
En caso de estar obligado por ley a dar preaviso por no poder acogerte a cualquiera de las excepciones previstas anteriormente, es importante que lo des con toda la antelación que puedas. Aunque solo sean dos o tres días.
Esto es algo que hay que hacer siempre por escrito, ya que la comunicación verbal puede dar lugar a posibles problemas en el futuro. En concreto, se ha de redactar un texto en cuya parte superior aparezca el nombre del trabajador y sus datos de contacto, la fecha en la que se pone la carta a disposición del departamento de recursos humanos y aquella en la que entrará en vigor la decisión de rescindir el contrato.
Además, el documento debe recoger el nombre del destinatario (puede ser la empresa), una declaración clara que refleje la intención de renunciar al puesto y la firma. Nunca está de más aclarar que se está dispuesto a echar una mano para facilitar la transición.
¿El empresario puede negarse a firmar la carta?
Sí, puede hacerlo, pero eso no quita para que el trabajador ejerza igualmente su derecho, aunque sea sin cumplir con el debido preaviso. Para evitar disputas posteriores, lo mejor es que, ese mismo día, envíe un burofax o utilice cualquier otro método que deje constancia de que ha puesto en conocimiento del empresario su intención de desvincularse de la empresa. Esto es algo clave para evitar el pago de mayores sanciones en el futuro, sobre todo, si la compañía decide solicitar una indemnización por daños y perjuicios o se niega a pagar el finiquito que corresponde.
¿Puedes echarte atrás después de comunicar la baja?
Sí, pero es necesario que se cumplan dos requisitos. El primero de ellos es que no haya llegado la fecha de vencimiento que fijaste en la carta de renuncia. El otro es que el empleador no haya contratado a otro trabajador para que te sustituya. Si lo ha hecho, no estará obligado a poner el puesto de nuevo a tu disposición.
Lo que está claro es que, tanto si vas a cumplir el período de preaviso como si no, la decisión de solicitar la baja voluntaria del puesto de trabajo ha de ser muy meditada. Y es que, en caso de llevarla a cabo y que surja algún problema, debes ser consciente de que no tendrás derecho a percibir indemnización alguna ni a cobrar la prestación por desempleo, puesto que no se tratará de un despido.
¿Qué hacer si no he dado preaviso y la empresa me reclama dinero?
En este caso, lo mejor que puedes hacer es ponerte en manos de un abogado laboralista que te brinde asesoramiento personalizado y que se encargue de garantizar tus derechos ante tal situación. En caso de necesitarlo, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Te ayudaremos en todo lo que precises.
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