¿Qué es el acto de conciliación laboral?

¿Qué es el acto de conciliación laboral?
¿Qué es el acto de conciliación laboral?
Publicado el: por Vicente García Elías

Tabla de contenidos

La mediación laboral es un procedimiento administrativo previo a la presentación de un caso. La acción es obligatoria y forma parte de lo que pueden hacer los trabajadores para llegar a un acuerdo satisfactorio con la empresa, evitando así juicios.

El objeto del acto de mediación es permitir que la empresa y el trabajador encuentren un punto de satisfacción en la negociación. Para ello, una o ambas partes deben comprometerse y llegar a un punto en común que les permita terminar o continuar la relación laboral de la mejor manera posible.

¿En qué circunstancias se puede solicitar un acto de mediación laboral?

El caso por el que más se suele solicitar el acto de mediación laboral es la reclamación de despido. Sin embargo, los empleados pueden presentar un reclamo contra cualquier derecho que el trabajador sienta que se ha violado, como reclamos por accidentes, reclamos salariales, reclamos de compensación, reclamos por condiciones de trabajo modificada, entre otras.

Plazo del Acto de Conciliación Laboral

Después de que el empleado recibe la carta de despido, tiene 20 días hábiles para enviar el boletín de mediación. Pasado este tiempo, no podrá solicitar nada a la empresa.
Con la presentación de este escrito, el plazo termina y, en ausencia de acuerdo entre las partes, el trabajador tiene un nuevo plazo para presentar un reclamo, obtenido restando los primeros 20 días, días transcurridos hasta que presentó la boleta.

¿Quién tiene que presentarse?

Tras la notificación de la papeleta de conciliación (documento de gestión que obliga a un empleado a resolver un conflicto con la empresa sin necesidad de acudir a los tribunales), el Servicio de Mediación, Arbitraje y Mediación lo comunicará a las partes y concertará una fecha y hora de la mediación. En esta reunión se reúnen a las partes en disputa. Es aconsejable que los trabajadores asistan a este acto con un abogado laboralista que sabrá tratar y proteger sus derechos.

Otra opción es que la víctima emita un sistema de tutela de adultos a un abogado y trate de llegar a un acuerdo. O el poder de "apudacta". Ambas partes en conflicto suelen reunirse para negociar, y pensar que es lo más idóneo para ambos. En ciertas circunstancias como sanciones, pagos, etc., la empresa reclamante puede requerir que el empleado o abogado negocie antes de que venza el acuerdo. Así que cuando se llega a SMAC, todo lo que se tiene que hacer es firmar el contrato adjunto al documento de liquidación. Además, es posible que las partes no hayan llegado a un acuerdo y es en este caso, cuando se continuarán las negociaciones para llegar a un acuerdo antes de que sea llamado por un abogado de mediación que su función principal es certificar el resultado de la reunión con documentos administrativos. Por lo tanto, no es un intermediario y no escucha a ninguna de las partes involucradas. Llegado este momento, ambas partes firman un documento que se llama Acta de Reconciliación.

La papeleta de conciliación

El boletín de mediación debe registrar cuatro datos básicos:

  • Los datos personales y profesionales, es decir, el CIF de la empresa, el DNI del empleado, ambas direcciones y el número de teléfono.
  • Una explicación de la relación laboral, es decir, la categoría de ocupación del trabajador, el tipo de contrato de trabajo, el nivel de salario, la fecha de inicio del contrato y el acuerdo que lo rige.
  • Una declaración de hechos que es un documento en el que se refleja de la manera más clara y detallada posible la situación que generó el desacuerdo y lo que se requiere.
  • Un documento donde se especifique si el empleado irá solo o acompañado de un abogado.

Una vez ingresada toda la información en el boletín de mediación, se presentarán al menos cuatro copias, una copia archivada, otro para SMAC, uno para el trabajador donde debe indicar la fecha y hora de la citación a conciliación y el último para la empresa demandada que también irá con la fecha y la hora en que se realizó la liquidación.

Resultados de la mediación

Puede haber cuatro resultados diferentes:

  • Acuerdo: Cuando existe un acuerdo satisfactorio entre el trabajador y la empresa.
  • Esfuerzo y Despilfarro: Cuando la empresa no comparece para actuar en la conciliación.
  • No consta: Si el trabajador es citado formalmente y no está disponible para participar en el protocolo de mediación, o no justifica su ausencia.
  • Desistimiento: Cuando un trabajador avanza en una acción de conciliación y manifiesta una intención clara de desistir del procedimiento, o de retirar la boleta radicada.

¿Es obligatorio acudir al acto de conciliación laboral?

Los demandantes no están obligados a asistir a la mediación laboral. Si el trabajador opta por esta opción, puede hacerlo de dos formas:

  1. Debe autorizar a otra persona para que comparezca y lo represente ante un notario público antes de presentar la papeleta. Este trámite implicará una tasa fijada por el notario que suele costar unos 35 euros. Después de presentar un aviso de mediación, puede presentar una declaración ante el secretario. El expediente es gratuito y gestionado por el servicio de mediación.
  2. En cambio, si el trabajador quiere participar en la mediación, puede hacerlo solo. Dicho esto, no es obligatorio acudir con un abogado, aunque sea lo más deseable, pero si tienes que ir a juicio más tarde, necesitarás los servicios de un abogado.
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