¿Qué son los contratos civiles?

¿Qué son los contratos civiles?
¿Qué son los contratos civiles?
Publicado el: por G.Elías y Muñoz Abogados

Los contratos civiles son un acuerdo entre dos o más partes voluntarias que crea o transfiere derechos u obligaciones. En otras palabras, los contratos civiles se utilizan para exigir el cumplimiento de una determinada cosa o acción. Este tipo de casos se rigen por el código civil del país contratante.

El objeto del contrato debe ser legal, posible y determinado, y no se debe exigir a las partes que acuerden otra cosa. Esta parte agrega condiciones o servicios que ambas partes deben cumplir, dependiendo de lo que se firme. Para ello, un abogado civilista es el mejor experto que le puede asesorar.

¿Quién puede realizar un contrato?

Si hablamos de contratos civiles, sólo nos referimos a personas físicas y no a personas jurídicas, ya que existen otro tipo de documentos para contratos con empresas. En general, una persona que puede celebrar un contrato debe tener la cabida legal para ejecutar el contrato debe ser mayor de edad, es decir, que tenga mínimo 18 años, y en el peor de los casos, si es menor de edad, se requiere un padre o representante. Esto también se aplica a los menores independientes.

En primer lugar, al celebrar un contrato, debe haber un acuerdo entre las partes, este acuerdo debe ser libre y voluntario, es decir, sin coerción, de lo contrario, el acuerdo puede declararse nulo.

Es importante señalar que la celebración del contrato entre los participantes crea obligaciones y derechos.

¿Qué características tiene un contrato civil?

  • Existe el consentimiento de los interesados, que se sustenta en el principio de autonomía de la voluntad.
  • La vigencia de un contrato crea obligaciones y derechos para una o ambas partes.
  • El formato del contrato puede ser oral o escrito. En el caso de que sea oral, debe haber uno o más testigos para respaldar lo que se dice.
  • El contenido del contrato consiste en reglas y acuerdos decididos privadamente, que pueden dar lugar a responsabilidad contractual si no se siguen.
  • Por responsabilidad contractual entendemos una obligación o un requerimiento de exigir el cumplimiento en desacato de los derechos u obligaciones previamente pactados.

El cumplimiento contractual es una norma jurídica que establece que las partes están obligadas a cumplir los términos convenidos para celebrar un contrato.

¿Qué es el cumplimiento del contrato?

Un contrato es una promesa adquirida, cuya observancia es obligatoria, por lo que existen leyes encargadas de proteger y defender el convenio establecido en él, para posibilitar su observancia. La ejecución del contrato significa que una parte incumple las obligaciones derivadas de las obligaciones contractuales, y la otra parte exige el cumplimiento de las obligaciones adquiridas. Para reclamar el cumplimiento de un contrato, se pueden utilizar medios extrajudiciales para exigir a una de las partes el cumplimiento de sus obligaciones de conformidad con el contrato.

La vía extrajudicial es el procedimiento para presentar una reclamación amistosa contra la parte que incumplió el contrato. Esto se hace a través de una carta que intenta resolver las diferencias existentes con la otra parte. Si fallan las vías extrajudiciales, puede ser necesaria la mediación o los procedimientos judiciales.

Tipos de contratos civiles

  • Contrato acordado por ambas partes; son los contratos que se completan por el mero consentimiento, como un contrato de trabajo que reconoce una relación laboral sin contrato. Para los contratos de trabajo lo mejor es acudir a un abogado laboralista.
  • Contratos unilaterales; hay una parte obligada y la otra parte no tiene obligación. Por ejemplo, en el caso de un contrato de préstamo.
  • Contratos gratuitos; sólo se beneficia un lado. Un ejemplo de ello son los contratos de donación.
  • Contratos onerosos; en este caso ambas partes ganan, tienen obligaciones recíprocas y ventajas económicas.
  • Contrato principal; un contrato es primario cuando el contrato no requiere que exista otro contrato, como un arrendamiento.
  • Contrato accesorio o también llamada garantía; en este caso, requiere que otro exista.
  • Contrato real; además del consentimiento de las partes, es necesario entregar algo para completarlos.
  • Contrato solemne; es necesario cumplir con ciertas formalidades prescritas por la ley como los contratos de hipoteca.
  • Contratos consensual; que son los que una de las partes acuerda hacer algo que es consistente con lo que la otra parte quiere hacer.
  • Contrato aleatorio; en situaciones inciertas, la oportunidad es contingente. Cabe señalar que algunos de estos tipos tienen un subtipo donde se pueden encontrar otros tipos de contratos, como vivienda, garaje, arrendamiento de automóviles, contrato de compraventa, contrato de permuta, transferencia de licencia, transferencia matrimonial y contratos a largo plazo.
  • Contratos bilaterales; en este tipo de contrato, ambas partes están de acuerdo. Por ejemplo, en un contrato de compraventa, una de las partes se compromete a entregar algo y la otra a pagar por ello.

Asimismo, son necesarios los siguientes elementos para que el diseño de un contrato civil se desarrolle de manera óptima: pagarés, declaraciones y declaraciones de las partes, forma de pago, plazo de vigencia, garantía, multas, confidencialidad, forma de redacción del contrato, jurisdicción, etc.

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