Certificado de últimas voluntades, cómo y dónde se pide

Certificado de últimas voluntades
Certificado de últimas voluntades, cómo y dónde se pide
Publicado el: por Rus María Muñoz Gómez

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Siempre que se produce el fallecimiento de un familiar es necesario realizar los trámites relacionados con la gestión de su herencia. En este sentido, hay un documento imprescindible para dar comienzo al proceso. Hablamos, cómo no, del certificado de últimas voluntades.

Pero ¿qué es exactamente? Y, lo que es más importante todavía, ¿cómo y dónde se solicita? Estas son las cuestiones que aquí vamos a resolver.

¿Qué son las últimas voluntades?

El certificado de últimas voluntades es un documento que permite a los familiares del fallecido saber si dejó testamento antes de su muerte y, en caso de haberlo hecho, en qué notaría llevó a cabo el trámite. De este modo, sus herederos pueden acudir a la notaría en cuestión y pedir una copia autorizada.

Esta es la única información recogida en este certificado. Sin embargo, puede pedirse acompañado del certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento o accidente en caso de que se sospeche que el fallecido contaba con una póliza de este tipo.

¿Cómo y dónde se pide el certificado de últimas voluntades?

Tradicionalmente, ha habido dos maneras de pedir el certificado de últimas voluntades. La primera de ellas es de forma presencial. Lo único que el interesado debe hacer es acudir a cualquier oficina de las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia o, en su defecto, a una Oficina Central de Atención al Ciudadano. Eso sí, siempre hay que pedir cita previa.

Otra opción convencional es el correo ordinario. En este sentido, el interesado ha de enviar el escrito de solicitud al Registro General de Actos de Última Voluntad, que es dependiente del Ministerio de Justicia. Su sede está en la Plaza Jacinto Benavente número 3 de Madrid (CP 28012).

Sin embargo, actualmente hay un modo mucho más rápido y sencillo de obtenerlo. Y es que es posible conseguir el certificado de últimas voluntades online desde la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia, para lo cual solo hace falta contar con el certificado digital. Los únicos requisitos son que el fallecimiento fuese inscrito en el Registro Civil y no en un Juzgado de Paz y que la fecha de su muerte se produjese después del 2 de abril de 2009.
 

Documentos necesarios para obtener el certificado de últimas voluntades

En concreto, es necesario aportar tres documentos para conseguir este certificado: modelo 790 debidamente cumplimentado (se puede obtener en la página web del Ministerio de Justicia o en cualquiera de las oficinas que citamos anteriormente), el original o una copia compulsada del certificado literal de defunción (lo expedirá la oficina del Registro Civil correspondiente a la localidad en la que se ha producido el fallecimiento) y el justificante de haber abonado a la Agencia Tributaria el importe de la tasa correspondiente (se debe realizar en cualquier entidad bancaria que colabore con este organismo).

Por su parte, hay que tener en cuenta que el certificado de últimas voluntades es un documento público y, por tanto, cualquier persona que presente la documentación anterior podrá acceder a él. Sin embargo, para obtener una copia es necesario demostrar un interés legítimo, es decir, ser herederos o posibles herederos.
 

¿Cuánto se tarda en recibir el certificado de últimas voluntades

La principal ventaja de pedir el certificado de últimas voluntades online es la rapidez. Una vez presentados todos los documentos, el período necesario para su obtención es de solo 5 días. En cambio, si se opta por la alternativa presencial o postal, habrá que esperar un mínimo de 10 días hábiles, lo que puede demorar el resto del proceso.

Ahora bien, se debe considerar que este certificado no puede solicitarse de manera inmediata tras el fallecimiento del familiar. La ley exige esperar, como mínimo, 15 días hábiles a contar desde la fecha de su muerte (no cuentan los sábados, los domingos ni los días festivos).
 

Ya tengo el certificado de últimas voluntades, ¿qué pasa después?

Como dijimos antes, este certificado indicará si el fallecido dejó o no testamento. En caso de que así fuese, el siguiente paso consistirá en acudir a la notaría en cuestión y solicitar una copia de él para averiguar su contenido y proceder al reparto.

Pero ¿qué sucede si el fallecido no ha dejado testamento? De igual modo, todos los herederos legítimos tendrán que acudir a un notario con el propósito de realizar una declaración de herederos abintestato, lo que servirá para determinar quiénes son los que tienen derecho a repartirse la herencia.

A través de este documento, el notario nombrará a todas aquellas personas que tienen derecho a heredar los bienes del difunto. También procederá a determinar cuáles son esos bienes con el propósito de que se haga el reparto. Después llegará el momento de proceder a aceptar o rechazar la herencia y de dividirla.

En definitiva, el certificado de últimas voluntades es un documento imprescindible para dar comienzo a la gestión de la herencia. Como hemos podido ver, solicitarlo y conseguirlo es rápido y sencillo, sobre todo, si se usa la vía telemática habilitada por el Ministerio de Justicia y se cuenta con un certificado digital. Esperamos haberle sido de ayuda, para cualquier otro tipo de duda sobre herencias puede consultar con uno de nuestros abogados de familia.

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