En qué consisten los delitos de la propiedad intelectual

delitos de la propiedad intelectual
En qué consisten los delitos de la propiedad intelectual
Publicado el: por Nieves Simón López

Tabla de contenidos

La propiedad intelectual

Los delitos contra la propiedad intelectual generan infinidad de consultas en los despachos de abogados. Esto se debe, fundamentalmente, a que se trata de un concepto difícil de definir y sobre cuyo uso existen multitud de controversias. Aquí vamos a tratar de explicarle en qué consisten y le hablaremos de todo lo que debe saber en torno a ellos. 

¿Qué son los delitos contra la propiedad intelectual?

La propiedad intelectual es un bien económico que hace referencia tanto a productos físicos como a intangibles y que, por lo tanto, son sujetos de explotación por parte de quien es poseedora legal de ella. El objetivo de esta figura es el de proteger los intereses de los creadores frente a quienes solo buscan obtener un rendimiento monetario a partir del trabajo de otros. 

Por lo tanto, los delitos contra la propiedad intelectual deben entenderse como la vulneración de los derechos de los autores respecto a la explotación económica de sus creaciones. Vienen tipificados en los artículos 270, 271 y 272 del Código Penal, aunque también están regidos por el Código Civil. 

¿Cuáles son los principales delitos contemplados frente a la propiedad intelectual?

El tipo básico de delito contra la propiedad intelectual

Hay que partir de la base de que, en el artículo 270.1 del Código Penal, se establece el tipo básico de delito contra la propiedad intelectual. Este hace referencia a todo aquel que, con ánimo de obtener un beneficio económico indirecto o directo y/o con la intención de perjudicar a un tercero, plagie, distribuya, reproduzca o comunique en público, en parte o en su totalidad, una obra científica, artística o literaria. 

También incluye a aquellos que transformen, ejecuten o interpreten la obra con dicha finalidad a través de cualquier medio sin que exista una autorización expresa de los propietarios de los derechos de autor o, en su defecto, de sus concesionarios. Para todos ellos se establecen multas de entre 12 y 24 meses y penas de prisión de entre 6 meses y 4 años de duración. 

El plagio de una obra

El plagio también entra dentro del ámbito de los delitos contra la propiedad intelectual. En concreto, es un concepto que hace referencia a la supresión del nombre y de la figura del autor de una determinada obra con el propósito de poner a otro en su lugar. La principal diferencia respecto al tipo básico es que, en lugar de ser un atentado expreso contra la obra, es un daño realizado al creador explícitamente. 

Conviene destacar que no es necesario que una obra haya sido publicada para que sea objeto de plagio, al contrario de lo que muchos creen. De hecho, el delito de plagio también abarca la copia de una idea original aunque, en su desarrollo, se haya cambiado por completo la redacción o ejecución y su planteamiento. 
Las peculiaridades del delito contra la propiedad intelectual a través de Internet.

Si tomamos en consideración los datos de demandas registradas en los juzgados durante la década de los 80 y la primera mitad de los 90 y lo comparamos con el número que se ha producido durante los últimos 20 años, lo cierto es que existe un incremento exponencial. Fundamentalmente, esto ha sido debido a la irrupción de Internet y a su implantación en la inmensa mayoría de hogares españoles. 

Esto hace que, hace algunos años, el Código Penal reformulase lo dictado en sus artículos frente a los delitos contra la propiedad intelectual. En concreto, añadió un punto que especificaba que los sujetos o entes que, mediante la prestación de servicios que pudiesen englobarse dentro de la sociedad de la información, siempre que existiese un ánimo directo o indirecto de obtener un beneficio económico y/o el perjuicio de un tercero, facilitasen activamente la comisión de estos, serían responsables y tendrían que afrontar las mismas penas que si los hubiesen cometido directamente. 

Esto aparece, en concreto, en el artículo 270.2 del Código Penal. Ese apartado también añade otra puntualización. Y es que también castiga a aquellos que pongan a disposición de los usuarios listados clasificados y ordenados de obras sujetas a derechos de propiedad intelectual sin la autorización expresa de sus creadores sin importar si han sido sus usuarios los que los han compartido con los demás. 

Este es el artículo responsable de que, durante los últimos años, hayan tenido que cerrar páginas web como RojaDirecta, Series.ly o EliteTorrent, las cuales llegaron a gozar de una gran fama entre los internautas. Aunque únicamente mostraban enlaces a contenidos cargados en la web por sus usuarios, la ley les hizo responsables de delitos contra la propiedad intelectual.

El peculiar caso de los manteros

El artículo 270.4 del Código Penal es aquel que gira en torno de los 'manteros', es decir, de aquellos que venden productos sujetos a derechos de propiedad intelectual de manera ambulante. En este sentido, se exige al juez tener en cuenta la reducida cuantía del beneficio económico obtenido y las características del culpable a la hora de fijar la pena. 

En el caso de que el sujeto pudiese acogerse a este artículo, solo tendrá que hacer frente a entre 31 y 60 días de servicios en beneficio de la comunidad o, en su defecto, al pago de una multa de entre 1 y 6 meses. 

¿Cómo se persiguen los delitos contra la propiedad intelectual? ¿Quiénes son los sujetos con derecho a denunciar?

La legislación vigente establece que el trámite jurídico contra los delitos frente a la propiedad intelectual puede dar comienzo a través de cualquier vía ordinaria existente. Esto quiere decir que podrá empezar mediante atestado policial, denuncia, querella del autor o de oficio. 

¿Qué medidas cautelares contempla la ley?

El juez, en la vista preliminar, si observa indicios claros de delito, puede ordenar que las obras sean automáticamente retiradas. En el caso de que este se haya cometido a través de Internet, exigirá la interrupción de la prestación del servicio que ponía a disposición de los usuarios el objeto de infracción penal. 

De igual modo, el juez también puede intervenir los ingresos que se hayan obtenido de manera ilícita mediante el delito contra la propiedad intelectual que esté juzgando. 

En última instancia, el juez tiene la posibilidad de 'secuestrar' los ejemplares que hayan sido utilizados o producidos, así como el material que esté siendo utilizado para su comunicación o reproducción. 

En cualquier caso, estas medidas siempre deben tomarse de forma potestativa y teniendo en cuenta las particularidades de cada caso concreto. 

La responsabilidad civil derivada de los delitos contra la propiedad intelectual

Como dijimos anteriormente, los delitos contra la propiedad intelectual también están sujetos a responsabilidades de índole civil, no solo penales. Esto aparece recogido en el artículo 272 del Código Penal. Su objetivo es indemnizar al perjudicado por los daños y perjuicios que sufriese por parte del demandado. 

Esta debe aparecer claramente especificada en la sentencia condenatoria. En ella también deben reflejarse las medidas a adoptar con el fin de asegurar que la indemnización pueda hacerse efectiva. 

En definitiva, los delitos contra la propiedad intelectual, debido a la intangibilidad de los bienes a los que hacen referencia, son complejos de determinar. Sin embargo, estamos seguros de haberte sido de ayuda para aclarar tus ideas en torno a ellos.

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