Cuando el usufructo heredado es sólo la casa familiar, cada hermano tiene una división como cualquier otro hermano. De esta forma, estará ante la imagen de una comunidad de bienes o de coparticipación. Como bien inseparable, la cuota de participación de cada hermano es abstracta, por lo que será propietario de un cierto porcentaje de la propiedad, pero en ningún caso podrá ser separado del resto de la propiedad.
En situaciones como esta, lo más razonable es traspasar la vivienda y dividir el dinero de la transacción a partes iguales para evitar problemas entre hermanos. Pero es verdad que a veces alguno de los herederos se niega a vender, ya sea porque el hermano vive en la vivienda que se va a heredar, o por alguna otra razón. Y para ello, lo primero que debe saber es que el traspaso de una vivienda requiere el consentimiento de todos los herederos. Ningún hermano puede vender por su cuenta y riesgo. Lo que uno o más de ellos pueden hacer es vender su participación en la propiedad de la casa, y es que cuando esto sucede lo mejor es dejarlo en manos de un buen abogado de familia que le facilite los trámites.
¿Puedo vivir en una casa heredada?
Cuando uno de los padres muere y sólo queda el hogar, a menudo hay conflictos entre hermanos, especialmente si uno de ellos ya vive en el hogar. Las casas no son divisibles, es decir, no pueden dividirse entre hermanos por cuartos, por lo que todo el mundo es copartícipe de una parte abstracta. En estos casos, la ley permite a los copropietarios el uso de la casa común, siempre que no perjudiquen a los demás. Por los que si decide seguir viviendo en la vivienda podría ser de las siguientes maneras:
- Precario: Permanecerá en la casa sin retorno y sin tiempo definido. De esta forma, no se requiere el consentimiento de sus hermanos, pero tiene que tener en cuenta que tienen derecho a emprender acciones legales contra usted.
- Préstamo: Sólo contará con un período de tiempo y no tendrá que pagar nada.
- Arrendamiento: Hacer un trato con sus hermanos y así todos ganarán. Continuará viviendo en la casa, heredará el patrimonio de sus padres y sus hermanos también recibirán dinero a cambio.
En definitiva, si usted vive en una casa heredada sin el permiso de sus hermanos y sin abonar nada a cambio, pueden empezar una acción de desahucio contra usted por inestabilidad. El principal problema surge cuando uno de los hermanos necesita recaudar fondos alquilando o vendiendo la vivienda heredada.
Desde luego, la última opción es la más recomendable para evitar cualquier enfrentamiento con sus hermanos. Por lo tanto, le recomendamos que lo mejor es que se siente y hable con sus hermanos y proponga sugerencias para alquilar la vivienda. Sin embargo, cuando finalice el contrato de arrendamiento, cualquiera de sus hermanos puede oponerse a extender el contrato de arrendamiento, ya que preferirá vender la casa.
¿Y qué pasa con los gastos de la vivienda?
Lo primero que hay que saber es que además de heredar la casa, también se heredan los gastos en que se incurre para su mantenimiento. Por lo que se deberá pagar los gastos de suministro como la luz, el gas, el agua, el teléfono, entre otras. Pero es que también habrá que pagar los gastos de mantenimiento por desgaste y la cuota ordinaria para la comunidad de propietarios.
A menos que acuerden lo contrario, todos los hermanos deben pagar la cuota hipotecaria, el Impuesto sobre bienes inmuebles (IBI), o el seguro de Hogar, entre otros. Aunque al final son los hermanos los que pueden estar de acuerdo con una distribución diferente.
¿Puedo remodelar una casa heredada?
Por ley, ningún copropietario puede realizar obras o reformas para remodelar la casa sin el consentimiento de todos los copropietarios. Si hay un acuerdo, se puede hacer la reforma, y cada uno pagará según la cuota de participación de cada persona en la propiedad.
A falta de acuerdo, si alguno hiciera reformas, estaría obligado a pagar aunque sean buenas para la familia, y en un futuro no podrá reclamar nada a los demás herederos.
Si desea alquilar una casa conjunta, ¿puede hacerlo sin el consentimiento de los otros copropietarios?
La vigencia del Código Civil requiere el consentimiento de la mayoría de los herederos para los actos administrativos ordinarios como los arrendamientos.
En caso de que el contrato de arrendamiento se celebrara por más de seis años, el tribunal lo consideraría un acto de disposición, que requería el consentimiento de todos los propietarios. En el caso de dos copropietarios que posean el 50% de las acciones, el acuerdo deberá ser unánime.
En resumen, la mayoría de la gente puede permitirse alquilarlo. Pero eso no les impide exigir una venta en los tribunales si no están satisfechos.
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