¿Puedo reducir mi pensión de alimentos debido al Covid?

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¿Puedo reducir mi pensión de alimentos debido al Covid?
Publicado el: por Rus María Muñoz Gómez

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¿Cuándo se debe actualizar la pensión?

Por lo general, puedes elegir entre dos fechas distintas. La primera alternativa consiste en aplicar la actualización del 1 de enero de cada año. La otra opción es hacerlo cada que se cumpla un año de haberse dictado la resolución judicial donde se establece la obligación de dar alimentos.

La pensión compesatoria también puede sufrir una actualización en cualquier momento, siempre que se cumplan ciertas condiciones. Más adelante te ofrecemo más detalles sobre este punto.
 

¿Qué criterios rigen para actualizar la pensión compesatoria?

En el cálculo de la actualización pueden intervenir diversos factores. Por lo general, el más relevante es el Índice de Precios de Consumo (IPC). Se trata de un indicador anual que cuantifica las variaciones en el coste de los bienes y servicios esenciales para las familias. En otras palabras, es un medidor de los cambios en el coste de la vida.

Otros elementos que pueden usarse como base para la actualización de la pensión son el aumento del salario, las referencias a los ingresos fijos y las modificaciones en los convenios colectivos.
Los artículos 90, 100 y 103 del Código Civil contienen la legislación que se utiliza como base para las actualizaciones de pensiones.

  • Artículo 90. Establece que el juez puede modificar las medidas previamente establecidas cuando ocurra un cambio en las circunstancias del progenitor.
  • Artículo 100. Determina que, una vez establecida la pensión y definidas las bases de actualización en la sentencia de divorcio o de separación, no podrán modificarse por cualquier razón. Estos cambios deberán estar motivados por incrementos o reducciones significativas en las circunstancias de uno o ambos ex cónyuges.
  • Artículo 103. Trata sobre las facultades del juez en caso de que las partes involucradas no lleguen a un acuerdo. En el ámbito de las pensiones alimenticias, le corresponde determinar el grado de participación de los ex cónyuges en las cargas matrimoniales, definir cuáles serán las variables que servirán de base para aplicar las actualizaciones anuales, y establecer cuáles serán las garantías, retenciones, depósitos y demás medidas cautelares para asegurar el cumplimiento del convenio.

¿Prescribe la reclamación que no se haya efectuado? ¿Cuándo?

Tu ex cónyuge puede interponer una demanda de pensión alimenticia al Juzgado si no modificas la pensión después de transcurridos doce meses. Ahora bien, el beneficiario solo podrá exigir las actualizaciones correspondientes a los últimos cinco años. Después de dicho plazo, prescriben.
 

¿Puedo reducir la pensión de alimentos por el coronavirus Covid-19?

La generalizada pérdida de empleos y disminución de ingresos a causa del confinamiento al que nos ha obligado la contingencia ha hecho que varios padres se hagan esta pregunta. Dejar simplemente de pagar la pensión no es una alternativa válida.
Si suspendes el pago de la pensión sin previo aviso, tu ex cónyuge podría presentar una demanda de pensión alimenticia, y los jueces están facultados para obligarte a cubrir el faltante. Pagar las pensiones atrasadas podría convertirse en una pesada carga económica.

Para que eso no te suceda, es mejor hacer un convenio con la otra parte; de preferencia, con la ayuda de un abogado especialista en derecho de familia en Madrid. Si ambos acceden a reducir la pensión, deberán asentarlo por escrito en un documento que indique la nueva cuantía y deje claro que ambos progenitores firman de conformidad.

Si no es posible llegar a un acuerdo, podrás acudir al Juzgado y solicitar una modificación pensión de alimentos. Ahora bien, para que la reducción surta efecto en los tribunales, debes ser capaz de demostrar que tu situación económica sufrió un cambio trascendental y duradero, y que no pudo preverse al momento de establecer el acuerdo original.

En caso de que recibas una respuesta positiva, se aplicará el principio de proporcionalidad. Esto significa que se tomará en cuenta tu capacidad económica actual para fijar la nueva pensión. Sin embargo, el magistrado se asegurará de que dicha cantidad no esté por debajo de la cuantía mínima, es decir, la cantidad necesaria para cubrir los gastos imprescindibles para el cuidado y la atención del menor. La determinación de este valor se deja a discreción del juez, aunque suele oscilar entre 100 y 150 euros.

Cabe señalar que el principio de proporcionalidad también aplica en sentido contrario. Si los tribunales obtienen evidencia de que tus ingresos han aumentado, te obligarán a incrementar la cuantía de tu pensión en consonancia.
Recientemente, el gobierno publicó una norma jurídica relacionada con el ajuste a las pensiones alimenticias durante la emergencia del Covid-19. Estamos hablando del Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril.

En su artículo 3 establece que la crisis sanitaria del Covid-19 es una circunstancia trascendental. Por lo tanto, se considera un motivo válido para solicitar el ajuste en la pensión de los progenitores más afectados en sentido económico. Se trata de una medida provisional que estará disponible durante el estado de alarma, y hasta tres meses después de finalizar. Esta normativa le confiere un carácter prioritario a estas solicitudes. Bajo este marco legal, se espera que el órgano emita sentencia en un máximo de tres días hábiles.
 

¿Dónde conseguir asesoría en caso de requerir asesoría para reducir la pensión de alimentos?

Aunque es cierto que puedes solicitar una modificación pensión de alimentos por ti mismo, es mucho mejor acudir a un abogado especialista derecho de familia en Madrid. Los profesionales de G.Elías y Muñoz Abogados resolverán tus dudas, analizarán tus circunstancias específicas y te indicarán cuáles son los pasos a seguir para presentar una propuesta aceptable para tu ex pareja y para el juez. Su experiencia en este tipo de casos los convierte en aboados de referencia en de derecho de familia en Madrid.

 

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