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El recurso de alzada, según la Ley 29/2015, es el medio de impugnación establecido para todos aquellos actos administrativos que no ponen fin a la vía administrativa. Por ello, y teniendo en cuenta que es bastante habitual hacer uso de él, aquí queremos explicar todos los datos relevantes que le atañen.
¿Qué es un recurso de alzada?
El recurso de alzada Ley 29/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, es la forma establecida para impugnar los actos administrativos que no ponen fin a la vía administrativa y que son emitidos por órganos sometidos a un superior jerárquico. Su objetivo es instar a este último a que revise y modifique o anule la resolución dictada por su subordinado.
Por tanto, los recursos de alzada tienen un carácter administrativo, no judicial. Por tanto, para su interposición y tramitación, no es necesario contar con un abogado ni con un procurador. Sin embargo, siempre es recomendable contar con los servicios de un letrado que se encargue de redactar el recurso en base a las formalidades legales necesarias y de invocar las diferentes normas aplicables.
Pero ¿qué resoluciones ponen fin a la vía administrativa?
Esto es algo que debemos saber a la hora de determinar si podemos recurrir al recurso de alzada o si tendremos que acogernos a la vía contenciosa-administrativa. En concreto, los actos que ponen fin a la vía administrativa son aquellos emitidos por órganos administrativos sin superior jerárquico, por los miembros y órganos del Gobierno, los relacionados con procedimientos de responsabilidad patrimonial y los contratos, pactos convenios y acuerdos. Las resoluciones a los recursos de alzada también se engloban en esta categoría.
¿Cómo hacer un recurso de alzada?
El primer paso consiste en redactar el documento una vez que hemos recibido la notificación del acto que queremos impugnar. Este debe incluir los siguientes datos:
- Nombre y apellidos, DNI y demás información personal sobre el interesado.
- Número de resolución que identifique el acto administrativo que se quiere impugnar.
- Descripción detallada del motivo de la impugnación.
- Fecha, lugar y firma del interesado.
- Dirección a efectos de notificaciones.
- Órgano, unidad o centro al que se envía el recurso de alzada.
Hay muchos ejemplos de recursos de alzada en Internet. Sin embargo, nuestro consejo es que, a la hora de determinar la estructura del documento, resulta mejor especificar en primer lugar tus datos personales y el órgano al que va dirigido. Después, conviene dar los detalles del acto para, a continuación, indicar los motivos razonados que se estimen oportunos. Evidentemente, estos deben apoyarse sobre una serie de fundamentos jurídicos (es aquí cuando cobra especial importancia el asesoramiento de un abogado especializado en Derecho Administrativo) y, finalmente, en las pruebas que estimemos oportunas. Estas deben anexarse al final.
Conviene recordar que los recursos de alzada no suponen la suspensión de la ejecución del acto que se impugna con la excepción de que se acredite que puede causar daños de difícil reparación o que se aleguen causas de nulidad de pleno derecho.
Por su parte, también debemos tener en cuenta el plazo de recurso de alzada previsto por la ley. Este queda establecido en un mes natural a contar desde la notificación del acto (actos expresos). En cambio, si la finalización del acto se ha producido por silencio administrativo, el interesado podrás presentarlo en cualquier momento a partir de que entren en vigor sus efectos.
La resolución del recurso de alzada
Una vez presentado el recurso ante el órgano superior jerárquico que emitió el acto impugnado, hay que tener en cuenta una serie de aspectos. El primero de ellos es que la Administración Pública está obligada a emitir una resolución y a notificarla al interesado en el plazo máximo de 3 meses. Pero ¿qué sucede en caso de que no lo haga? El silencio administrativo en este tipo de casos tiene unas consideraciones especiales:
- Silencio administrativo negativo. Cuando el acto impugnado fue expreso, es decir, fue emitido y notificado al interesado, el silencio se considerará desestimatorio ante el recurso de alzada.
- Silencio administrativo positivo. En cambio, si el acto impugnado cobró efectos por silencio administrativo, un nuevo silencio respecto a la resolución de este recurso se considerará estimatorio salvo que haga referencia a actividades que puedan dañar el medioambiente, a la transmisión de facultades de dominio o servicio público o a los procedimientos de responsabilidad patrimonial.
Cuando los recursos de alzada son estimados, el acto queda automáticamente anulado o modificado. Sin embargo, cuando son desestimados, mantienen su vigencia. Además, puesto que la resolución agota la vía administrativa, el interesado solo puede continuar con sus reclamaciones en vía judicial. Con una excepción, eso sí.
El recurso extraordinario de revisión
Como su propio nombre indica, se trata de un recurso extraordinario y posterior al de alzada dentro de la vía administrativa. En concreto, solo puede interponerse en aquellos casos en los que el acto impugnado:
- Estuvo sujeto a prevaricación, fraude, violencia, cohecho o cualquier otro delito.
- Se emitió sin haber tenido en cuenta documentos de valor esencial que aparecieron con posterioridad.
- Fue emitido incurriendo en error de hecho.
- Tomó como pruebas documentos o testimonios que, mediante sentencia judicial firme, fueron declarados falsos posteriormente.
Las características especiales del recurso extraordinario de revisión hacen que pueda interponerse en un plazo de entre 3 meses y 4 años desde la emisión de la resolución desestimatoria del recurso de alzada que puso fin a la vía administrativa. El órgano competente para resolverlo tendrá 3 meses para hacerlo. El silencio administrativo tiene también carácter negativo en este caso.
En definitiva, el recurso de alzada es una herramienta muy valiosa a la hora de impugnar actos que no ponen fin a la vía administrativa ya que invoca al órgano superior jerárquico de quien lo emite. Sin embargo, su redacción puede ser compleja. Ese es el motivo por el que los servicios de un abogado especializado en Derecho Administrativo pueden ser muy útiles. Las posibilidades de obtener una resolución favorable a nuestros intereses es mucho más alta cuando confiamos en un profesional cualificado.
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