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¿Es posible proceder a la resolución de un contrato si una de las partes no cumple con lo especificado en él?, la respuesta, según el Código Civil y la jurisprudencia, es que sí, aunque no en todos los casos. Por ello, aquí queremos ahondar en este tema y resolver todas sus dudas.
El contrato es una fuente de obligaciones para las dos partes
Un contrato, ya sea verbal o escrito, es un documento que refleja la voluntad de dos o más personas estableciendo entre ellas una relación de obligación.
Un ejemplo muy sencillo es el contrato de una hipoteca. A través de él, el banco se compromete a ofrecer al usuario el dinero que necesita para adquirir una vivienda. A cambio, la otra parte queda obligada a devolverle la cuantía en el plazo fijado y con los intereses pactados.
Evidentemente, lo expuesto anteriormente es también un buen ejemplo de que un contrato no tiene por qué firmarse siempre desde la igualdad de negociación entre las partes. Sin embargo, en ningún caso eso da derecho a incumplir lo pactado.
La resolución de contrato por incumplimiento de una de las partes
Por incumplimiento de un contrato se entiende la no puesta en práctica de las obligaciones adquiridas por una de las partes. Cuando esto sucede, la otra parte tiene derecho a resolver dicho contrato y a reclamar los daños y perjuicios que sean pertinentes.
Sin embargo, no todos los incumplimientos dan derecho a resolver el contrato. La jurisprudencia vigente establece que, para poder resolver un contrato, es necesario que dicho incumplimiento sea:
- De carácter grave.
- Que haga referencia a los acuerdos esenciales pactados.
- Que tenga un impacto real en la economía de ambas partes.
- Que exista mala fe, es decir, que la parte incumplidora tenga la intención con su actitud de menoscabar el interés de la otra parte.
Por tanto, la intención de incumplir lo acordado en el contrato juega un papel clave en este asunto. Así lo refleja la Sentencia 162/2012, de 29 de marzo, del Tribunal Supremo.
¿Existen otras opciones más allá de resolver el contrato por incumplimiento?
La respuesta es que sí. De hecho, la encontramos explicada en el artículo 1124 del Código Civil. En él se especifica que la parte agraviada puede exigir a la incumplidora que haga frente a sus obligaciones. En este caso, también tiene derecho a exigir una compensación por daños y perjuicios.
¿Cómo se realiza la resolución de un contrato?
En caso de que la parte agraviada decida resolver el contrato, podrá proceder a la ejecución del modo que estime oportuno. La única excepción es que se trate de un documento que fije las obligaciones en materia de compra y venta de inmuebles, en cuyo caso la legislación exige que se emita un requerimiento notarial o judicial, según el caso.
Lo más habitual es emitir un burofax o medio de comunicación análogo que acredite el contenido y que verifique que ha sido recibido. Por ejemplo, piense en su seguro de coche. Si decide no renovar la póliza con su actual compañía, puede notificarlo mediante estos medios a su compañía. Su decisión se hará efectiva llegado el momento sin que tenga que hacer nada más.
Pero ¿qué pasa si la otra parte no acepta la resolución del contrato? En ese caso, solo un tribunal puede determinar si procede dicha resolución o no.
En definitiva, el incumplimiento contractual, siempre que exista mala fe y se produzca un agravio para la otra parte, puede ser resuelto unilateralmente y, además, dar derecho al cobro de los daños y perjuicios que se estimen oportunos. Esperamos haberle ayudado a aclarar todas sus dudas al respecto. No podemos terminar sin recordarle que, en caso de enfrentarse a un problema de este tipo, lo mejor es contar con el asesoramiento de un abogado experto en derecho civil.
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