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En España, todas las personas tienen el derecho a elegir si desean recibir un determinado tratamiento si sufrimos una enfermedad letal e irreversible que les impida expresarse.
También pueden decidir qué se hará con su cuerpo una vez que se produzca el deceso. Eso sí, es necesario reflejarlo previamente en un testamento vital.
¿Qué es el testamento vital?
Testamento vital es el nombre que se le da popularmente al Testamento de Voluntades Anticipadas. En concreto, se trata de un documento en el que el testador deja por escrito cómo quiere ser atendido si sufre una enfermedad terminal que le impida expresarse por sí misma. En este sentido, hace referencia a:
- Recibir o no un determinado tratamiento quirúrgico o farmacológico.
- Conectarse a aparatos de respiración asistida.
- Someterse a la RCP (reanimación cardiopulmonar) u otras acciones similares.
Pero, además, el testador también puede indicar qué se debe hacer con su cuerpo una vez que se produzca el inevitable fallecimiento. Por ejemplo, si quiere ser incinerado o enterrado o si quiere donar sus órganos. Además, tiene la posibilidad de autorizar a otra persona para que actúe como su representante a la hora de interpretar las instrucciones plasmadas en el testamento.
¿Dónde se regula el testamento vital En España?
La primera vez que se reguló esta figura fue en 2002. En concreto, se hizo a través de la Ley 14/2002, de Autonomía del Paciente y de Derechos y Obligaciones en materia de Información y Documentación Clínica.
Posteriormente, el Real Decreto 124/2007 fue el que se encargó de regular el Registro Nacional de Instrucciones Previas. Un órgano de vital importancia a la hora de realizar el trámite, como veremos más adelante.
Más allá de esto, cada comunidad autónoma tiene sus propias regulaciones específicas que aconsejamos consultar a todo aquel que esté interesado en otorgar este tipo de testamento.
Limitaciones del testamento vital
La ley especifica que este documento está sujeto a ciertas limitaciones. De hecho, obliga al personal médico y a la familia a respetar las decisiones del enfermo o difunto siempre que:
- No sean contrarias a las buenas prácticas clínicas.
- No sean contrarias a las prácticas médicas aceptadas si la situación no es irreversible.
- No sean contrarias al criterio profesional médico.
¿Quiénes están capacitados para otorgar un testamento vital?
Cualquier persona que sean mayores de edad, es decir, que tengan más de 18 años. En caso de haber cumplido los 16 años, podrán hacerlo también si se encuentran emancipados y, por tanto, no están sujetos a la patria potestad de sus progenitores.
Por su parte, la validez de este tipo de testamento va desde el momento en el que se otorga hasta que se produce el fallecimiento del testador. Eso sí, su contenido puede modificarse en cualquier momento. Para ello, solo hace falta realizar de nuevo el proceso que explicaremos a continuación.
¿Cómo hacer un testamento vital?
Esta cuestión cobra especial relevancia en este caso, ya que cada comunidad autónoma tiene su propia regulación al respecto. Por tanto, hacer un testamento vital en Madrid no está sujeto a los mismos requisitos que en Andalucía o Cataluña, por ejemplo.
Sin embargo, sí que hay una serie de pasos que son compartidos por todas las regiones que componen el territorio español.
¿Dónde se hace el testamento vital?
El primer paso consiste siempre en ponerse en contacto con un notario. Esto se debe, fundamentalmente, a que es la figura responsable de dar fe de las voluntades del sujeto que redacta el documento. Cumple el mismo cometido que a la hora de garantizar la legalidad de cualquier otro tipo de testamento.
Una vez decidido dónde hacer un testamento vital, llega el momento de buscar a los testigos. Este es el aspecto que más varía entre una comunidad autónoma y otra. Por norma general, se exigen tres. Uno de ellos puede ser cualquier persona, aunque comparta lazos de sangre o afinidad con el sujeto. En cambio, los otros dos no pueden:
- Ser los padres, hijos, tíos o sobrinos del testador.
- Mantener relación económica alguna con él.
- Mantener relación con el personal del Registro de Instrucciones Previas de la comunidad autónoma en la que se realiza el testamento.
Una vez reunidos el testador, los tres testigos y el notario, será posible elaborar el testamento vital. Sin embargo, el proceso no finaliza hasta que no se inscribe en el Registro de Instrucciones Previas de la comunidad autónoma en cuestión. Este organismo es dependiente de la Consejería de Sanidad.
El depósito del testamento vital puede ser llevado a cabo por el propio testador o por el notario, indiferentemente.
La importancia de contar con el mejor asesoramiento
Ya sabemos cómo hacer el testamento vital. Es decir, qué información se puede incluir en él, cuáles son los profesionales y órganos que se encargan de su gestión y qué requisitos hace falta cumplir para otorgarlo.
Sin embargo, nuestra experiencia nos dice que, para garantizar su legalidad y posterior respeto por parte del personal clínico y de los familiares, lo mejor es ponerse en contacto con abogados especialistas en herencias. Solo ellos serán capaces de ofrecer asesoramiento adecuado durante todo el proceso para salvaguardar los derechos del testador.
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