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El Tribunal Supremo permite que la empresa cambie el sentido de la opción una vez reconocida la opción de improcedencia
El Tribunal estima que la opción de indemnizar elegida por el empresario en el momento del despido no le vincula si la oferta no fue aceptada por el trabajador. Se abre una vía para que si se llega a juicio se pueda defender la procedencia de la extinción
Fuente: Departamento de Derecho Laboral. G. Elias y Muñoz Abogados Madrid
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