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La violencia de género, así como la doméstica contra la mujer, continúa siendo, en estos momentos, un problema demasiado habitual en la sociedad. Sin embargo, la concienciación de la ciudadanía, unida a la aplicación de nuevas leyes y medidas de protección, está ayudando a ver poco a poco la luz al final del túnel. En este artículo queremos poner de relieve cómo hay que actuar en caso de que se produzca un delito de violencia doméstica.
¿Qué es la violencia de género?
Lo primero que queremos hacer es diferenciar los diferentes tipos de violencia existentes, si bien es cierto que nos centraremos sobre la de género y la doméstica o intrafamiliar. Esto se debe, fundamentalmente, a que suele hacerse un uso equivocado de ambos términos interpretando que son sinónimos cuando, realmente, no lo son.
La violencia de género es aquella que se lleva a cabo contra la mujer por el mero hecho de serlo. Además, puede producirse dentro del hogar, pero también fuera (en el trabajo, en las relaciones sociales y familiares o en cualquier ámbito de la vida pública). Se fundamenta, principalmente, en la supuesta superioridad del sexo masculino sobre el femenino.
¿Qué es la violencia intrafamiliar o doméstica?
La violencia doméstica es aquella que se produce, única y exclusivamente, dentro del hogar. De hecho, de ahí viene su nombre ya que el prefijo 'domo-' significa 'casa'. En este caso, este tipo de violencia psicológica, física, verbal o de cualquier otro tipo no tiene por qué ser llevada a cabo por el hombre.
Dentro del concepto de violencia doméstica o intrafamaliar se engloban muchos casos. De hecho, sería etiquetable de este modo la violencia que ejerza una madre sobre sus hijos o viceversa, un abuelo sobre sus nietos, etc. En definitiva, toda la que se produzca en el seno de la familia.
Diferencias entre violencia doméstica y de género
Tras explicar ambas definiciones, es posible llegar a algunas conclusiones. En primer lugar, la violencia de género puede darse dentro de la violencia doméstica pero, en cuanto se produce fuera del hogar, dejar de ser clasificable dentro de ese término. Asimismo, la violencia intrafamiliar abarca, además de ese, otros muchos supuestos de violencia física o psicológica que se dan dentro del seno de la familia y entre parientes de cualquier tipo.
¿Cómo actuar en caso de violencia doméstica contra la mujer?
La violencia doméstica contra la mujer, en la mayoría de los casos, puede ser encuadrable dentro del concepto de violencia de género. En este sentido, hay una serie de medidas que se deben adoptar lo antes posible para evitar que los daños lleguen a ser de mayor gravedad.
1. Solicitar asistencia por teléfono
Todas las mujeres tiene a su disposición el teléfono gratuito 016. Este está operativo los 365 días del año durante las 24 horas y no deja rastro en la factura, por lo que nadie sabrá que han llamado al revisarla. En caso de que la llamada se produzca en una situación de peligro inmediato, el equipo de profesionales que operan allí derivan la llamada al teléfono de emergencias 112. En caso de no ser así, proceden a informar y asesorar acerca de todos los recursos disponibles. Las personas con discapacidad auditiva puede llamar al 900 116 016.
Evidentemente, los servicios de seguridad convencionales también están disponibles para las mujeres víctimas de violencia doméstica o de género. En este sentido, pueden llamar al teléfono de la Guardia Civil (062) o, directamente, a su Equipo de Mujeres y Menores. También pueden telefonear a la Policía Nacional (091) o acudir al Servicio de Atención a la Mujer de la comisaría más cercana, así como comunicarse con la Policía Local (092) o acudir al Servicio de Atención a las Víctimas de la Violencia Doméstica.
2. Acudir inmediatamente a un hospital o centro de salud
El siguiente paso es acudir a un hospital o centro de salud con el propósito de que el equipo de médicos que corresponda haga un reconocimiento completo y determine los daños sufridos. En este sentido, en caso de haber sufrido una violación, solo hay que solicitar al personal que hagan una revisión específica. En cualquier caso, ellos serán los encargados, sin intervención de la víctima, de trasladar el parte médico al Juzgado de Guardia. Eso sí, esta ha de pedir el parte de lesiones. Por otro lado, en caso de que a la mujer le resulte imposible acudir al centro médico, puede llamar al 112 y solicitar al Servicio de Emergencia que acuda a donde esté.
3. Denuncia la Agresión
Las denuncias son las armas principales para combatir el maltrato a la mujer. Por ello, es importante que, tras conseguir el parte de lesiones, se acuda al cuartel de la Guardia Civil, a la comisaría o al juzgado más cercano para interponer la correspondiente. Allí tendrá que contar todo lo sucedido e identificar al agresor. También es importante especificar si se tienen hijos y si estos están en una situación de peligro. La víctima tiene derecho, en ese momento, a solicitar la asistencia de un abogado.
4. Solicitar la orden de protección
Esta orden es concedida de forma inmediata a la víctima. De hecho, la puede solicitar ella o cualquier otro familiar cercano. Después, solo hay que presentarla en el juzgado, en la comisaría o en el cuartel de la Guardia Civil.
5. La opción de abandonar el domicilio
Las mujeres víctimas de este tipo de violencia deben saber que no tienen por qué tener miedo a salir de su domicilio. De hecho, pueden hacerlo libremente sin renunciar a ninguno de sus derechos tras interponer la denuncia. Sin embargo, también pueden hacerlo en las mismas condiciones siempre y cuando la interpongan en los 30 días siguientes. Además, esta puede estar acompañada o no de la demanda de separación. Por su parte, en caso de que se posea algún temor a regresar para recoger los objetos personales, la Guardia Civil y la Policía acompañarán a la víctima.
En resumen, este es el protocolo habitual de actuación ante casos de violencia doméstica contra la mujer. Esperamos haberte sido de ayuda.
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