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Abandono del puesto de trabajo
El abandono del puesto de trabajo (o dimisión táctica) constituye la elección personal de un trabajador, sin aviso previo, de no continuar su relación laboral con una empresa. Es una decisión exclusiva del trabajador y la diferencia esencial con la baja voluntaria radica en que en la baja voluntaria el trabajador sí comunica a la empresa su decisión de abandonarla mediante un preaviso.
Es por tanto la existencia o ausencia de preaviso lo que determina esencialmente si tenemos un abandono del puesto de trabajo o sencillamente una baja voluntaria.
Qué es y qué no es abandono de puesto de trabajo. La falta de asistencia
La falta de asistencia al trabajo no debe confundirse con abandono de puesto de trabajo, puede que se trate tan solo de una falta de asistencia al trabajo como cuando alguien enferma. Por ejemplo, pueden darse casos en los que el trabajador no informa al empleador de su falta de asistencia ni el motivo; y sin embargo eso no constituye abandono de puesto de trabajo porque no existe ánimo de finalizar la relación laboral por parte del trabajador.
Para que efectivamente una falta al trabajo se pueda considerar abandono del puesto de trabajo se debe determinar que el trabajador con su conducta expresa de forma clara su determinación de terminar con el vínculo laboral con la empresa que lo contrataba. Es en estos casos donde más conveniente puede ser la asistencia de un abogado laboralista.
Si por el contrario, el trabajador está cometiendo faltas de asistencia en el trabajo de forma voluntaria, pero no expresa su voluntad de abandonar la empresa, nos encontramos con una situación de incumplimiento de sus obligaciones con la empresa y ésta estaría legitimada para emprender acciones legales contra el trabajador, incluso tomando la decisión de despedirle. En este caso, estaríamos hablando de faltas de asistencia repetidas y sin justificación que están tipificadas en el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores como incumplimiento contractual y por tanto podrían facultar a la empresa para iniciar un proceso de despido disciplinario.
¿El abandono de puesto de trabajo supone la extinción del contrato de trabajo?
La respuesta rápida es que no. El abandono del puesto de trabajo no es una causa de extinción del contrato de trabajo, inicialmente se considera una falta de asistencia al trabajo. Obviamente, la falta de asistencia, si no se justifica por parte del trabajador (como es el caso en el abandono de puesto de trabajo), podría conllevar las pertinentes acciones legales por parte de la empresa, incluso llevando a ésta a solicitar una indemnización al empleado.
En el artículo 49. d) del Estatuto de los Trabajadores se establece que en la dimisión de un trabajador debe mediar el preaviso de éste, sin embargo, en el abandono de puesto de trabajo no existe ese preaviso, de ahí que no se pueda hablar de extinción del contrato.
El abandono de trabajo supone romper la relación laboral con la empresa pero sin que se haya producido un despido ni una dimisión por parte del trabajador, es la jurisprudencia la que ha determinado que el abandono de puesto de trabajo se pueda calificar como una causa de extinción del contrato de trabajo.
¿Cuáles son los efectos del abandono de trabajo?. Indemnización por abandono de puesto de trabajo
El principal efecto del abandono del puesto de trabajo es que el empleado no tendrá derecho a indemnización por despido (ya que no se ha producido un despido sino que el empleado abandona voluntariamente su trabajo). Sin embargo, si es la empresa la que decide despedir al trabajador alegando que existe un abandono del puesto de trabajo, el trabajador dispondrá de 20 días desde que se comunica el despido para reclamar a la empresa contra ese despido.
Otro de los efectos del abandono de trabajo es la imposibilidad de retracto cuando se demuestra que efectivamente la dimisión es voluntaria por parte del trabajador.
Con el abandono del puesto de trabajo, una vez comprobado que este es el caso y no una falta normal de asistencia al trabajo, el trabajador dimite sin avisar y por tanto incumple con las obligaciones establecidas en su contrato de trabajo que tiene el trabajador con la empresa. En este caso, la empresa podría reclamar una indemnización al trabajador por los daños y perjuicios ocasionados, en la mayoría de los casos, la indemnización a percibir por la empresa será la equivalente a los días de preaviso no realizados por parte del trabajador.
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