(Procesal) En sentido amplio, es toda persona sometida a un proceso. En sentido estricto, es la denominación que recibe el inculpado en el procedimiento ordinario a partir del momento en que se dicta contra él el auto de procesamiento (véase Procesamiento), imputándole formalmente la realización del hecho punible, por haber aparecido en el sumario indicios racionales de criminalidad contra él.
El procesado podrá, desde el momento de serlo, aconsejarse de Letrado (véase abogado), mientras no estuviera incomunicado, y valerse de él, bien para instar la pronta terminación del sumario, bien para solicitar la práctica de diligencias que le interesen, y formular pretensiones que afecten a su situación.