Utilización ilegítima de vehículos de motor ajenos
(Penal) Delito que consiste en sustraer o utilizar, sin la debida autorización, un vehículo de motor o ciclomotor ajeno no con la intención de apropiárselo el sujeto sino de usarlo o utilizarlo, y por un tiempo que no puede exceder de 48 horas, si así fuere, el hecho se convertiría en delito de hurto (véase hurto ) o robo común, respectivamente previstos en los arts. 234 y 237 CP. El bien jurídico es la posesión al privar al propietario del libre uso y disposición del vehículo. Se requiere para que la conducta constituya delito, que el valor del vehículo o ciclomotor supere los 400 euros, si