(Procesal) La jurisdicción, a pesar de ser única, se divide por racionalización del trabajo en materias que origina los órdenes jurisdiccionales, siendo el primero de ellos el civil, al que le siguen el penal, el contencioso administrativo y el social o laboral.
Por ello, se utiliza, los términos jurisdicción Social y orden jurisdiccional social indistintamente.
Dentro de cada orden jurisdiccional existen, a su vez, diferentes órganos jurisdiccionales a los cuales se les atribuye una medida de jurisdicción a lo que se denomina competencia. Los órganos de la jurisdicción social son los Juzgados de lo Social, la sala de lo Social de los Tribunales Superiores de Justicia, la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional y la Sala de lo Social del Tribunal Supremo. Por tanto, a la jurisdicción social se le asigna, según lo dispuesto en las leyes, pretensiones que se promuevan dentro de la rama social del derecho, tanto en conflictos individuales como colectivos, así como las reclamaciones en materia de seguridad social o contra el Estado cuando le atribuya responsabilidad la legislación laboral. Así, las materias que serán atribuidas al conocimiento de los órganos jurisdiccionales del orden social son los conflictos entre empresarios y trabajadores como consecuencia del contrato de trabajo, los conflictos derivados de la aplicación de los sistemas de mejoras de la acción protectora de la Seguridad Social incluidos los planes de pensiones (véase planes y fondos de pensiones ), los conflictos entre los asociados y las Mutualidades, los pleitos contra el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), en los casos en que le atribuya responsabilidad la legislación laboral, sobre constitución y reconocimiento de la personalidad jurídica de los sindicatos, impugnación de sus estatutos y su modificación (véase proceso de impugnación de los estatutos de los sindicatos o de su modificación ), sobre la responsabilidad de los sindicatos y de las asociaciones empresariales por infracción de normas de la rama social del Derecho y sobre tutela de los derechos de libertad sindical (véase proceso de tutela de los derechos de la libertad sindical ), entre otros.