(Procesal) Acto de comunicación que se utiliza para ordenar el libramiento de certificaciones o testimonios y la práctica de cualquier actuación cuya ejecución corresponda a los registradores de la propiedad, mercantiles, de buques, de ventas a plazos de bienes muebles, notarios, corredores colegiados de comercio (véase corredores de comercio ) o agentes de juzgado o tribunal (véase agente judicial ), y funcionarios de policía judicial que estén bajo las órdenes del juez o tribunal.
Los mandamientos se remitirán directamente por el tribunal que los expida a la autoridad o funcionario a que vayan dirigidos, si bien, si así lo solicitaren, las partes podrán diligenciar personalmente los mandamientos y oficios. En todo caso, la parte a cuya instancia se libre el mandamiento habrá de satisfacer los gastos que requiera su cumplimiento.
En el proceso penal, recibe también esta denominación la orden del juez o tribunal dirigida al director del establecimiento penitenciario correspondiente para que se proceda al ingreso de una persona en calidad de preso, o en su caso, si se halla en prisión, para que la ponga en libertad.