Recurso de reforma

Recurso de reforma

(Procesal) Medio de impugnación ordinario, no suspensivo (la resolución judicial impugnada puede ejecutarse) ni devolutivo (es resuelto por el mismo órgano que dictó la resolución que se impugna), dirigido contra providencias y autos de los órganos unipersonales en el proceso penal. Es presupuesto procesal del recurso de apelación en el procedimiento ordinario (art. 222.1 LECrim.); en el procedimiento abreviado, la apelación puede interponerse per saltum, sin haber intentado previamente la reforma (art. 766.2 LECRIM).

Están exceptuadas del recurso de reforma:

  • A) Las resoluciones resolutorias, a su vez, de un recurso de reforma.
  • B) Las irrecurribles por prescripción legal.
  • C) El auto de conclusión del sumario (art. 622 LECRIM).
  • D) El auto de procesamiento por orden de la Audiencia (art. 384.VI LECrim.).

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