Quiebra
(Mercantil) Solución procesal del derogado sistema concursal español, eminentemente liquidativa y excepcionalmente conservativa de la actividad de un empresario, caracterizada por su cese en los pagos a acreedores (cfr. art. 874 CCom, derogado por la Ley Concursal de 2003) de forma típicamente definitiva y completa, en la medida en que el juez reconocía la insolvencia, a instancia del deudor o de los acreedores, por síntomas que permitían calificarla como irreversible. Si la pedía un acreedor (quiebra necesaria) debía haber intentado el cobro sin fruto e intentar el embargo de sus bienes