Obligaciones
(Civil) Relación jurídica en la que un deudor debe dar, hacer o no hacer una cosa y un acreedor se lo puede pedir coaccionándole jurídicamente, incluso exigiéndole responsabilidad patrimonial universal. Etimológicamente, obligación viene del latín ob, alrededor, y ligare, ligar o atar, de tal forma que la sujeción forma parte de su concepto desde su inicio. El Código Civil no define la obligación y se limita en el art. 1088 a describir su posible contenido: toda obligación consiste en dar, hacer o no hacer alguna cosa. Por su parte el art. 1911 define la responsabilidad patrimonial universal